Falla TEE a favor del PAN en denuncia por informe a destiempo.
Alcalde presentó un mensaje a la población 8 días después de su informe.
El pasado 28 de diciembre, el Tribunal Estatal Electoral falló a favor del Partido Acción Nacional, cuyo representante legal presentó una denuncia en contra del alcalde Cruz Pérez Cuéllar por presentar un mensaje a la población con motivo del Segundo Informe de labores, 8 días después de la entrega oficial al Cabildo.
El documento emitido por ese tribunal indica que con la realización del evento, fuera de los tiempos que marca la Ley Electoral del Estado, se incurrió en la vulneracion a los principios de equidad, legalidad e imparcialidad y que la difusión del mensaje buscaba influir directamente en el electorado.
Previamente, se había emitido una sanción cautelar que consistió en el retiro de toda publicidad y boletines de prensa relacionados a ese evento, que se encontraban en las páginas oficiales del municipio, en las redes sociales de la administración y del mismo presidente municipal.
Al respecto, el secretario del Ayuntamiento Héctor Rafael Ortiz Orpinel manifestó que están atentos para acatar las disposiciones de la autoridad electoral, en virtud de hacer valer las conclusiones de este proceso, pero también se analiza la integración de otros instrumentos jurídicos para apelar el fallo, lo cual podría ser con los medios legales disponibles.
Indicó que en este caso, se generó una responsabilidad al coordinador de Redes Sociales en el sentido de que las publicaciones relacionadas al Segundo Informe de gobierno se registraron fuera de pauta, por lo que será el Órgano Interno de Control el que defina las sanciones que deban establecerse de acuerdo a la Ley de Responsabilidades para Servidores Públicos.
Aclaró que en ningún momento se estableció responsabilidad hacia el presidente municipal, pues lo único que sucedió, fue que se preparó un mensaje a la población y se presentó de manera adecuada, con el propósito de informar a los juarenses sobre los logros obtenidos en el segundo año de gestión.
Agregó que las sanciones que pudieran emitirse en contra de los servidores públicos señalados en la sentencia del tribunal, pueden ser una amonestación verbal; pública o privada, pero eso depende directamente de las decisiones que se tomen en el Órgano Interno de Control.